Tuesday, May 19, 2020

Derechos y Deberes de los Americanos Fuera de Estados Unidos

Hay mà ¡s de ocho millones de ciudadanos americanos que viven por fuera del territorio nacional. Muchos viajan por oportunidades de trabajo, otros para casarse con ciudadanos de otros paà ­ses y otros por los atractivos costos de vida en otras partes del mundo. La mayorà ­a de ciudadanos americanos viven en cercanà ­as del territorio nacional, con Canadà ¡ y Mà ©xico como destinos principales, seguido de Europa, India, las Filipinas e Israel. En la actualidad hay una tendencia en la que los pensionados se mudan a paà ­ses de menor costo de vida para poder tener una calidad de vida mucho mejor que la que tendrà ­an en Estados Unidos, esto debido al cambio de dà ³lar a las monedas locales. Independiente de las circunstancias, el paso inicial mà ¡s importante cuando se vive en otro lugar es contactar a la embajada o consulado local inmediatamente se llegue al nuevo lugar de residencia. Este serà ¡ el lugar donde se tramitarà ¡n los pasaportes y documentos legales que requieran una apostilla del gobierno de Estados Unidos. En general, los ciudadanos americanos que viven por fuera de Estados Unidos conservan los siguientes derechos: Los relativos e inherentes a la ciudadanà ­a. Los ciudadanos en el extranjero pueden dirigirse a las embajadas para pedir ayuda si esta requiere de la intervencià ³n del gobierno. En caso de arresto o problemas con la ley, las autoridades locales està ¡n obligadas a contactar a la embajada e informarle de la situacià ³n. Los relativos al votar en las elecciones federales. Actualmente se puede solicitar la planilla de manera electrà ³nica y regresarla por el mismo medio. Cuando se està ¡ en el exterior se vota en el à ºltimo estado de EE.UU. en el que se registrà ³. Los relativos a la ciudadanà ­a de los hijos. En el momento del nacimiento de un bebà © en el extranjero, si uno o ambos padres son ciudadanos americanos, hay que contactar a la embajada local para obtener el CRBA (Consular Report of Birth Abroad, reporte consular de nacimiento en el extranjero) para documentar que el nià ±o/a es un ciudadano de los Estados Unidos. Los relativos al pago mensual del Seguro Social para los pensionados y discapacitados. Los relativos al matrimonio/divorcio en el extranjero. Para certificar la validez del matrimonio/divorcio oficiado en otro paà ­s hay que contactar al Fiscal General del estado en el que se residà ­a originalmente dentro de los Estados Unidos. Tenga en cuenta que los ciudadanos con doble nacionalidad (y los de una sola), està ¡n sujetos a las leyes locales y el gobierno de Estados Unidos no tiene jurisdiccià ³n legal si la persona comete algà ºn tipo de delito. Y asà ­ como cuentan con derechos, estos son los deberes de los ciudadanos americanos en el exterior: Rellenar las planillas y enviar los formularios de impuestos federales cada aà ±o. Estar al dà ­a en los impuestos locales que apliquen para cada paà ­s. Abstenerse de viajar a los paà ­ses que el departamento de estado considera no propicios. Inscribirse al servicio selectivo para los ciudadanos hombres. Estar al dà ­a con FACTA, o el tratado por medio del cual las instituciones financieras del extranjero deben informar al IRS acerca de los movimientos financieros de ciudadanos americanos o de empresas americanas. Finalmente, debe entenderse que Medicaid y Medicare no tienen cubrimiento en el extranjero y que podrà ­a haber razones por las que puede perder su nacionalidad. Este es un artà ­culo informativo y no pretende ser asesorà ­a legal.

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